Instituto Nacional de las Mujeres

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REVISTAS

GENEROS / .- núm. 3 .- MAY 1994.

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Resumen: SE CIRCUNSCRIBE AL MARCO GENERAL ECONOMICO EN EL QUE SE INSCRIBE EL TRABAJO FEMENINO, DATOS A NIVEL NACIONAL Y LATINOAMERICANO. REFLEXIONA QUE EN MEXICO NO EXISTEN MECANISMOS QUE ASEGUREN EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DEL TRABAJO, QUE PRESCRIBE UN PAGO IGUAL PARA TRABAJO IGUAL. POR SI FUERA POCO, LOS CODIGOS CIVILES VIGENTES EN ALGUNOS ESTADOS DE LA REPUBLICA MEXICANA, LIMITAN EL DERECHO DE LAS MUJERES CASADAS PARA DECIDIR DE MANERA AUTONOMA SI TRABAJAR O NO. LA MUJER Y SU DOBLE TRABAJO: FUERA MAL REMUNERADA Y EN EL HOGAR SIN REMUNERACION. FALTA DE LEYES POR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES. LA NECESIDAD ETICA DE LA DIVISION DEL TRABAJO POR GENEROS SEXUALES