Instituto Nacional de las Mujeres

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REVISTAS

Debate Feminista / .- vol. 16 (Octubre) .- México 1997?.

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Resumen: El artículo hace una revisión sobre los intentos en Chile por legislar en torno al divorcio, país en donde hasta 1996 no existía una ley de divorcio con disolución del vínculo matrimonial. Éste sólo se disuelve por la muerte natural o presunta de uno de los cónyuges o por la declaración de la nulidad. Es el único contrato legal que no puede dejarse sin efecto por el simple consentimiento de las partes. Se señala que el divorcio está contemplado en la Ley de Matrimonio Civil del 10 de enero de 1884, pero no disuelve el vínculo matrimonial, únicamnete suspende la vida en común de los cónyuges. El tribunal determina la separación de los cuerpos y el lazo se mantiene en defensa de la familia y de los hijos. Sin ambargo, tras obtener el divorcio, ninguno de los cónyuges puede volver a casarse. La revisón histórica inicia desde fines del siglo XIX hasta fines del XX